¿Quién puede conducir una furgoneta de renting de empresa?

¿Quién puede conducir una furgoneta de renting de empresa?

¿Quién Puede Conducir un Coche de Renting de Empresa en España?

¿Tienes dudas sobre quién puede conducir la furgoneta de renting de empresa? en esta entrada te ayudamos a conocer algunos detalles sobre los requisitos de conducir furgonetas de renting de empresa y coches de empresa en general.

Para conducir un coche de renting de empresa en España,  el conductor debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Carnet de Conducir Válido:

    Se requiere un carnet de conducir válido en España. Debes poseer la categoría adecuada para el tipo de coche que planeas conducir.

  2. Edad Mínima:

    La edad mínima para conducir un coche de renting suele ser de 21 años. Sin embargo, algunas modelos pueden requerir que la conductora tenga al menos 25 años.

  3. Experiencia de Conducción:

    La mayoría de las empresas de renting exigen una experiencia de conducción mínima, generalmente de al menos un año, para conducir un coche de renting de empresa.

  4. Historial de Conducción Aceptable:

    Un historial de conducción aceptable es crucial. La revisión del historial de la conductora se realiza para evaluar cualquier infracción o incidente previo.

¿Quién Puede Conducir una Furgoneta de Renting de Empresa?

Si estás interesado en una furgoneta de renting, los requisitos son similares, pero hay algunas diferencias:

  1. Carnet de Conducir Específico:

    Para conducir una furgoneta, generalmente se requiere un carnet de categoría B. Sin embargo, algunos modelos más grandes pueden requerir un carnet de categoría C.

  2. Edad Mínima:

    La edad mínima para conducir una furgoneta de renting puede variar, pero suele comenzar alrededor de los 23 años.

  3. Experiencia de Conducción:

    Al igual que con los coches, se espera que las conductoras de furgonetas tengan al menos un año de experiencia de conducción.

  4. Historial de Conducción Aceptable:

    Un historial de conducción sin problemas es esencial para poder conducir una furgoneta de renting.

En el caso de los vehículos cuyo titular es una empresa, el no cumplir con los requisitos legales para poder conducirlos puede acarrear multas comprendidas entre los 4001€ a los 6000€.

Siempre tenemos que tener en cuenta el tipo de vehículo que conduciremos y el uso para el que está destinado para hacerlo con total garantía de no cometer ninguna infracción. Publicamos esta nota por las dudas que nos consultan muchos clientes y, lamentablemente, al comprobar que muchos han tenido que pagar multas muy importantes por desconocer el tema.

Además del permiso de conducir en vigor y de que el vehículo cuente con el seguro obligatorio y la última inspección técnica en vigor, el conductor de un vehículo cuyo titular es una empresa y transporta mercancía de la misma, debe poseer la autorización para poder hacerlo. Si eres empleado de la empresa, la misma comunicará al Registro de Vehículos de Tráfico tu identidad como conductor habitual del vehículo. En este caso, ante un control de la Guardia Civil, la constancia y acreditación para hacer uso del vehículo puede hacerse con un TC2, y el origen de la mercancía se justifica con la documentación de la carga. No es necesario presentar una tarjeta de transporte o autorización administrativa especial en los casos en que se transporta mercancía propia de la empresa, en un vehículo cuyo peso máximo no supera los 3.500 kg.

El no acreditar la relación laboral, o el transportar mercancía que no es de la empresa (por ejemplo, porque estoy haciendo una mudanza propia o de algún familiar o amigo) puede llevar a una multa por obstrucción a la labor inspectora con un importe que varía entre los 4100 euros y los 6000 euros.

Si eres autónomo, puedes conducir un vehículo de empresa del que no eres titular, siempre que presentes un contrato de servicios con la empresa que acredite la relación laboral y la propiedad de la mercancía transportada. También, los autónomos no tienen que presentar tarjeta de transporte o autorización administrativa especial en los casos en que son propietarios de la mercancía, además de titulares del vehículo cuyo peso máximo no supera los 3.500 kg.

El coche o furgoneta de renting de la empresa se puede emplear con normalidad siempre y cuando no lo usemos para transportar mercancías ajenas o para trabajar en forma independiente. Las multas por transportar mercancías sin autorización o sin tarjeta de transporte son de 4001 euros.

¿Tienes más preguntas o dudas sobre el renting de furgonetas en Tarragona? No dudes en contactarnos y solicitar información personalizada o presupuestos. En Furgorent Spain, nos esforzamos por brindar servicios de renting accesibles, ofreciendo una amplia gama de vehículos para satisfacer las necesidades de autónomos y empresas.

Nuestra atención personalizada asegura que encuentres el vehículo perfecto para tus requisitos de movilidad empresarial. ¡Confía en Furgorent Spain para hacer que tu experiencia de renting sea sencilla y eficiente!

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